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Obligaciones

OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS EN CUANTO A MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES

1. Los usuarios de los huertos de ocio tendrán que mantener los mismos y sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento

2. La zona de huertos contara con unos servicios comunes para los usuarios de los huertos, que estará a cargo del personal de la finca debiendo hacer aquellos un uso correcto de los mismos.

3. El socio queda obligado a reparar o reponer aquellos bienes o equipos que resultaren dañados o averiados.


OBLIGACIONES EN CUANTO A LABORES Y CULTIVOS

1. En cuanto a los riegos y el consumo de agua: 1.1. En todo momento del año deberá hacer un uso responsable del agua. El socio se compromete a respetar, y controlara el volumen total del agua consumido.
1.2. El agua es un bien común que debe utilizarse responsablemente. El uso del agua para regar los cultivos es gratuito, sin embargo la propiedad de la finca se reserva el derecho a instaurar en el futuro una cuota simbólica por riego efectuado en el caso de estimar que no se hace un uso correcto de este recurso.
1.3. Queda terminantemente prohibido el cultivo de césped ornamental y de cualquier especie ornamental de altas exigencias hídricas. Si se desean emplear cultivos ornamentales deberán estar adaptados a la climatología de la zona, y ser de bajo consumo hídrico.

2. La plantación de árboles frutales debido a que sombrea parte del huerto no será permitido, sólo previa solicitud al personal de la finca, se le buscará una zona habilitada para ello..


OBLIGACIONES EN CUANTO A LA GESTIÓN DE RESIDUOS

1. Para deshacerse de restos vegetales no se emplearán las quemas bajo ningún concepto, ni se arrojaran a los huertos vacíos, las zonas comunes o el resto de la finca. En caso de que no se puedan compostar y deberán ser retiradas de la finca por el propio hortelano.

2. Los desperdicios generados en el huerto no se arrojara a los huertos vacíos, las zonas comunes o el resto de la finca y deberán ser retirados de la finca por el propio hortelano.

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